viernes, 28 de noviembre de 2014

T.2 ~ LA RELACIÓN LABORAL.


1. Descripción

La relación laboral es aquella por la que los trabajadores prestan voluntariamente sus servicios de forma retribuida por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona que recibe la denominación de empleador o empresario y a la que es aplicable la regulación establecida en el Estatuto de los Trabajadores.

La relación laboral está mucho más allá del contrato de trabajo, puesto que la ausencia o existencia de este, en nada afecta la relación laboral. El contrato de trabajo es un formalismo en el cual se pactan ciertas condiciones pero que en ningún momento afectan la relación laboral.

¿Quienes pueden trabajar?

Podrán trabajar aquellos que cumplan los siguientes requisitos:

> Capacidad de obrar. Podrán contratar únicamente aquellos que tengan plena capacidad de obrar.

> Los mayores de 18 años.

> Los mayores de 16 años que no hayan alcanzado aún los 18 cuando vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores o con autorización de la persona o institución que los tenga a su cargo, teniendo en cuenta que no podrán realizar horas extraordinarias ni trabajos nocturnos ni realizar las actividades y puestos de trabajo que el Gobierno haya declarado insalubres, penosos, nocivos o peligrosos.

En casos excepcionales, la autoridad podrá autorizar, por escrito y sólo para determinados actos, la intervención de los menores de 16 años en espectáculos públicos, siempre que esto no suponga peligro para su salud física ni para su formación.

>Nacionalidad. Podrán trabajar los extranjeros de acuerdo con la legislación específica que regule la materia.

2. Vinculación práctica


Hay tres tipos de comunicación dentro de una empresa:

· Comunicación descendente: Se transmite desde las jerarquías superiores a los subordinados, y su objeto es que se cumplan una serie de normas y órdenes. Informan sobre los objetivos de la empresa, órdenes que deben ser cumplidas, maneras de realizar un trabajo, etc.


· Comunicación ascendente: Se produce desde los niveles jerárquicos inferiores de la empresa hacia los superiores. Suelen ser opiniones, reclamaciones, sugerencias y quejas.



· Comunicación horizontal: también se denomina comunicación lateral, es la que se produce entre los departamentos y personas del mismo nivel. Consiste en trabajos conjuntos, puestas en común, resolución de asuntos laborales, etc.



Normalmente la comunicación en la organización formal de la empresa se realiza por escrito para que quede constancia.

Las comunicaciones escritas más frecuentes son :

~ Circulares interiores : son una especie de normativa que parte de la dirección de la empresa, es aconsejable que se personalicen con los datos de la persona a la que se dirige y se firmen de una en una o bien se estampe un sello de la empresa.

~ Avisos : Es una comunicación que contiene instrucciones de interés general, con la que se pretende advertir, aconsejar o poner en conocimiento de todo el personal de la empresa los acuerdos adoptados por la dirección. Se colocan en el tablón de anuncios, para que pueda leerlos todo el personal.

~Memorándum : Es una comunicación breve, de régimen interno, que se utiliza para transmitir información entre diferentes departamentos de la misma empresa y que acompaña a documentos e informes.

~ Informes de personal : Las empresas solicitan informes de personal cuando contratan los servicios de un nuevo trabajador, o cuando quieren saber el rendimiento, la actividad o las características fundamentales de una persona en su trabajo.

~ Boletines: Algunas empresas tienen periódicos y revistas, estas publicaciones sirven para mejorar las relaciones entre el personal, propagar información de tipo general y crear un buen clima de trabajo.

3. Elementos destacados
Una de las manifestaciones más importantes de las relaciones laborales son las que se realizan de manera colectiva, es decir entre los sindicatos y las empresas o las organizaciones de empleadores. Eventualmente en esas relaciones puede intervenir el Estado.
Las relaciones entre organizaciones de empleadores y trabajadores, entre sí o con el Estado, se denomina diálogo social y está fundado en el principio del tripartismo, es decir que las cuestiones relacionadas con el empleo deben ser resueltas por las tres partes principales en las relaciones laborales: Estado, capital y trabajo. El diálogo social intenta establecer un clima de cooperación entre los actores sociales (sindicatos, empresas y Estado), compartiendo información, consultándose mutuamente, o negociando colectivamente y arribando a convenios colectivos (cuando es entre sindicatos y patrones) o pactos sociales tripartitos (cuando incluye al Estado).
4. Conclusión

Las empresas deben establecer un sistema de comunicación que permita captar información, tanto interna como externa, y canalizarla para conseguir los objetivos marcados.
La relación laboral se presenta de diferentes formas para que la dirección haga llegar sus planes y objetivos a los mandos intermedios y, desde ahí, a los operarios de base, para permitir el intercambio de información entre niveles de la misma responsabilidad y para conocer las aspiraciones de los subordinados.



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